DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12297
11 de noviembre, 2013
DCA-2840
Señor
Douglas Montero Chacón
Director General
Hospital México
Estimado señor:
Asunto: Se deniega refrendo a los contratos No. 1310, 1311, 1312 y 1313, suscritos entre el
Hospital México y las empresas Promoción Médica, S.A., Meditek Services, S.A., Nutricare S.
A. y Corporación Biomur S.A., respectivamente; producto de la Licitación Pública No. 2012LN-
000004-2104 para la adquisición de insumos neuroendovasculares, bajo la modalidad de
consignación, cuantía inestimable.
Nos referimos a su oficio SACAHM-0539-2013 y SACAHM-0547-2013 mediante los cuales
remite para trámite de refrendo los contratos que se indican en el asunto.
Mediante oficio número DCA-2699 de 30 de octubre de 2013 este Despacho solicitó
información adicional, la cual fue atendida mediante oficio DGHM-2304-2013.
Una vez efectuado el estudio de rigor, se deniega el refrendo solicitado a los contratos Nos.
1310, 1311, 1312 y 1313, por las razones que de seguido se indican.
1. En el punto 8 del oficio DGHM-2304-2013 del 8 de noviembre del 2013, ante solicitud de esta
División en el sentido de “Explicar cómo se visualiza lo dispuesto en la cláusula doce inciso b) en
cuanto a la forma de pago frente al contenido del artículo 34 del Reglamento de Contratación
Administrativa (RLCA).”, se indica:
“Respuesta: Se modifica la cláusula doce inciso b) de los contratos de la siguiente manera:/
Forma de Pago: El Hospital cancelará las facturas en un plazo de treinta (30) días naturales,
contados a partir de la “…presentación de la factura, previa verificación del cumplimiento
…” de la utilización de los materiales al tipo de cambio de la fecha que le corresponde a El
Contratista entregar, respetando lo regulado en los artículo treinta y cuatro (34) y treinta y
ci ...
Fecha publicación: 14/11/2013
Fecha emisión: 11/11/2013
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12183
8 de noviembre, 2013
DCA-2813
Señora
Johanna González Zúñiga
Asesora Legal
Laboratorio Costarricense de Metrología
Estimada señora:
Asunto: Se devuelven sin refrendo, por no requerirlo, el contrato sucrito en fecha 22 de
octubre 2013 entre el Laboratorio Costarricense de Metrología y la empresa Tecnosagot
S.A. referido a las líneas 3, 4, 5 y 10 y el contrato suscrito en fecha 25 de octubre 2013 entre
el Laboratorio Costarricense de Metrología y la empresa Scanco Tecnología Sociedad
Anónima referido a las líneas 8 y 11, ambos contratos derivados de la Licitación Pública
No. 2013LN-000001-00500 para la “compra de equipo diverso para laboratorio”, por los
montos totales de € 36. 450,00 (treinta y seis mil cuatrocientos cincuenta euros exactos) y
$61.197,57 (sesenta y un mil ciento noventa y siete dólares con cincuenta y siete centavos),
respectivamente.
Nos referimos a su oficio No. DI-AJ-049-2013 de fecha 18 de octubre 2013 y recibido en este
Despacho el 1 de noviembre pasado, mediante el cual remite a trámite de refrendo contralor los contratos
suscritos por el Laboratorio Costarricense de Metrología con las empresas Tecnosagot S.A. y Scanco
Tecnología S.A., contratos derivados de la Licitación Pública No. 2013LN-00001-00500 promovida para
la compra de equipo diverso para laboratorio.
A efectos de determinar la competencia de este órgano contralor, deben considerarse los contratos
remitidos frente a lo dispuesto en el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública, el cual fue reformado mediante resolución No. R-DC-31-2012 emitida por el
Despacho Contralor a las 13:00 horas del 7 de marzo de 2012, publicada en el Alcance No. 32 de la
Gaceta No. 55 del 16 de marzo de 2012.
Sobre el particular, tratándose de un contrato derivado de un procedimiento de licitación pública,
debe ser considerado e ...
Fecha publicación: 13/11/2013
Fecha emisión: 08/11/2013
Institución: LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al Oficio No.12182
08 de noviembre de 2013
DCA-2812
MBA.
Francisco Castro Madrigal
Director Administrativo a.i.
Dirección Administrativa Financiera
C.C.S.S – H.S.R.A
Estimado Señor:
Asunto: Se deniega el refrendo al contrato n° 2013-000003-2205 para la Adquisición de Sistema
de Videoendoscopía de Alta y Baja, suscrito entre la Caja Costarricense del Seguro Social (Hospital San
Rafael de Alajuela) y Elvatron, S.A., Licitación Pública número 203LN-000001-2205, por un monto
$474.571,08, por no requerir el refrendo de esta Contraloría General.
Damos respuesta a los oficios número DAF-1556-13 de fecha 25 de octubre de 2013, mediante el
cual solicita a este órgano contralor el refrendo al contrato detallado en el asunto.
I. Criterio del Despacho
Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación, de conformidad con lo establecido en el
artículo 3 inciso 1) del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública,
reformado mediante resolución número R-DC-31-2012 de las trece horas del siete de marzo de dos mil
doce, este Despacho deniega el refrendo contralor al contrato antes detallado, en vista que el contrato
remitido para refrendo se encuentra excluido de este trámite. Dicho numeral en lo que interesa establece lo
siguiente:
“Artículo 3°-Contratos administrativos sujetos al refrendo. Se requerirá el refrendo en los
siguientes casos:
1) Todo contrato administrativo derivado de la aplicación del procedimiento de licitación
pública, en el tanto el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de
la licitación pública del estrato superior inmediato de aquel en el que se encuentra ubicada la
Administración contratante, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley de Contratación
Administrativa. En el caso de las Instituciones ubicadas en ...
Fecha publicación: 13/11/2013
Fecha emisión: 08/11/2013
Institución: HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al Contestar refiérase
al oficio No 12176
08 de noviembre, 2013
DCA-2808
MBA
Francisco Castro Madrigal
Director Administrativo a.i
Hospital San Rafael de Alajuela de la Caja Costarricense del Seguro Social
Fax: 24361037, 24361039, 24361066
Estimado señor:
Asunto: Se deniega el refrendo al contrato para suministro de servicio de aseo y limpieza para el
Hospital San Rafael de Alajuela, sucrito entre el Hospital San Rafael de Alajuela de la Caja
Costarricense del Seguro Social y Corporación González y Asociados Internacional S.A, producto
de la Licitación Pública Nacional 2012No.000003-2205, por un monto de ¢464.701.908, por el
plazo de un año.
Nos referimos a su oficio No. DAF-1459-13 de fecha 1 de octubre del 2012, recibido en esta
Contraloría General el 2 de octubre del 2013, mediante el cual solicita el refrendo contralor al contrato
descrito en el asunto.
Este órgano contralor requirió información adicional mediante oficio DCA-2675 de fecha 29 de
octubre del 2013, el cual fue atendido por la Administración mediante oficio DAF-1590-13 de fecha 31 de
octubre del 2013 presentado en la Contraloría General en fecha 1 de noviembre del 2013.
I. Criterio de la División
Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación según lo establecido por el artículo
8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública sobre los alcances
del análisis del contrato, se deniega refrendo contralor del mismo, por las razones que de seguido se
exponen.
El artículo 8 inciso 1) del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública, señala:
“Artículo 8.- Alcance del análisis de los contratos […] dicho análisis no implica una revisión
integral del expediente de la contratación, sino que se circunscribe a la verificación de los
siguientes aspectos:/ 1) Que exista contenido presupuestario para cubri ...
Fecha publicación: 13/11/2013
Fecha emisión: 08/11/2013
Institución: HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12287
11 de noviembre de 2013
DCA-2833
Licenciada
Lorena Herradora Chacón
Proveedora General
Banco Nacional de Costa Rica
Fax 2256-2390
Estimada señora:
Asunto: Se otorga el refrendo al contrato número 0275-2013 suscrito entre El Banco Nacional de
Costa Rica y Swat Consulting Services Latin America, S.A. para la “Contratación de una Solución
Corporativa de Respaldo y Recuperación con Deduplicación para los Dominios Tecnológicos Abiertos en
Poder del Banco Nacional”, por un monto de US$1.897.088,79.
Nos referimos a su oficio número L-11031-2013 de fecha 01 de octubre de 2013, por medio del
cual solicita a este órgano contralor el refrendo que se detalla en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo constitucional respectivo al
contrato anteriormente citado, bajo los siguientes comentarios y observaciones, a las cuales queda sujeto
el presente refrendo.
I.- Consideraciones de la gestión:
Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los
siguientes aspectos:
1. La certificación de contenido presupuestario, de fecha 04 de abril de 2013 (Oficio DPP-142-2013),
emitida por Margarita Bermejo Barrantes, Directora, Dirección de Presupuesto y Planificación, Banco
Nacional de Costa Rica, por un monto de ¢787,5000,000.00 (Folio 2468 expediente administrativo).
En este sentido, se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la
acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos
certificados en el objeto de esta contratación.
2. Certificación emitida por Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares,
Departamento Gestión de Cobro, en la que se indica que la empresa adjudicataria no tiene deudas
pendientes con dicha institución, de ...
Fecha publicación: 11/11/2013
Fecha emisión: 08/11/2013
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11907
04 de noviembre, 2013
DCA-2727
Señor
Miguel Carabaguíaz Murillo
Presidente Ejecutivo
INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES.
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del contrato administrativo para los “Servicios de control de malezas en la
vía férrea de los sectores Pacífico y Atlántico”, suscrito por INCOFER y la empresa
Corporación Alqui S.A. por un monto total de cuatrocientos cuarenta y ocho mil
quinientos dólares con 72/100 ($448.500,72). Licitación Pública 2013LN-0000001-01.
Damos respuesta a su oficio PE-614-2013 de fecha 27 de setiembre del año en curso, presentado
en la Contraloría el 1 de octubre último, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite
de refrendo un contrato administrativo para los “Servicios de control de malezas en la vía férrea de los
sectores Pacífico y Atlántico”, suscrito por INCOFER y la empresa Corporación Alqui S.A. por un
monto total de cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos dólares con 72/100 ($448.500,72).
Licitación Pública 2013LN-0000001-01
Una vez analizados los documentos aportados, y con fundamento en el Acuerdo No 3972 de la
Sesión Ordinaria 2046-2013 del 12 de agosto de 2013 del Consejo Directivo de INCOFER, esta
División procede a devolver el citado contrato con el refrendo correspondiente.
No obstante en relación con el refrendo concedido, procedemos a efectuar una serie de
observaciones para la ejecución contractual, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del señor
Miguel Carabaguíaz Murillo, en su condición de Presidente Ejecutivo de INCOFER, quien presentó la
solicitud, o en su defecto quien ejerza ese cargo. En el caso de que éste no resulte competente para
verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda, ejercer el control sobre
los siguientes asp ...
Fecha publicación: 07/11/2013
Fecha emisión: 04/11/2013
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11917
4 de noviembre del 2013
DCA-2735
Licenciada
Ana Lucía Madrigal Faerron
Alcaldesa
Municipalidad de Goicoechea
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda el contrato No. CP-0065-2013, para los Servicios de Tratamiento y
Disposición final de los Desechos Sólidos del Cantón de Goicoechea, suscrito entre la
Municipalidad de Goicoechea y la empresa Berthier EBI de Costa Rica, S.A., por un monto anual
de ¢ 378.420.000.00 (trescientos setenta y ocho millones cuatrocientos veinte mil colones)-
Licitación Pública No. 2013LN-00002-01.
Nos referimos a su oficio No. AG 04372-2013, del 26 de setiembre de 2013, recibo en este
Despacho el día 30 de igual mes y año, mediante el cual solicita el refrendo, para el contrato de obra No.
CP-0065-2013, para los Servicios de Tratamiento y Disposición final de los Desechos Sólidos del Cantón
de Goicoechea, suscrito entre la Municipalidad de Goicoechea y la empresa Berthier EBI de Costa Rica,
S.A., por un monto anual promedio de ¢ 378.420.000.00 (trescientos setenta y ocho millones
cuatrocientos veinte mil colones)- Licitación Pública No. 2013LN-00002-01.
I.-Antecedentes:
Esta División de Contratación Administrativa, consideró de importancia para emitir el presente
refrendo de legalidad, los aspectos concernientes que a continuación se detallan:
1. Que la Proveeduría Institucional de la Municipalidad de Goicoechea, promovió la Licitación
Pública No. 2013LN-000002-01, con el objetivo contratar los servicios para el tratamiento y
disposición final de los desechos sólidos del cantón de Goicoechea, invitación que se cursó
mediante publicación en el Diario Oficial la Gaceta No. 147, de 1 de agosto de 2013. (folio 29
del expedient ...
Fecha publicación: 07/11/2013
Fecha emisión: 04/11/2013
Institución: MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Asunto: SE OTORGA REFRENDO CONTRALOR AL CONTRATO CELEBRADO CONTRATAR TRABAJOS PARA LA ATENCIÓN DE LAS RUTAS NACIONALES NOS. 301, 313 Y 315 (EN LASTRE), SECCIONES DE CONTROL NOS. 10660, 10720, 10731, 10732, 10652, 10640, 11320, 10611 Y 106212, ZONA 1-3, SUSCRITO ENTRE EL CONAVI Y LA EMPRESA CONSTRUCTORA HERMANOS BRENES S. A., POR LA SUMA DE ¢1.239.813.442,42 (LICITACIÓN PÚBLICA NO. 2013LN-000009-ODI00).
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11933
04 de noviembre de 2013
DCA-2742
Señor
Cristian Vargas Calvo
Director Ejecutivo a. i.
Concejo Nacional de Vialidad
Estimado señor:
Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre el CONAVI y la empresa Constructora
Hermanos Brenes S. A., para contratar trabajos para la atención de las rutas nacionales Nos. 301, 313
y 315 (en lastre), secciones de control Nos. 10660, 10720, 10731, 10732, 10652, 10640, 11320, 10611
y 106212, zona 1-3por la suma de ¢1.239.813.442,42 (Licitación Pública No. 2013LN-000009-
ODI00).
Nos referimos a su oficio No. DIE-07-13-3380 del 26 de setiembre de 2013, recibido en este órgano
contralor el día 30 del mismo mes y año, mediante el cual requiere refrendo contralor para el contrato
indicado en el asunto.
Mediante oficio No. DCA-2653 este órgano contralor requirió información adicional, la cual fue
atendida de conformidad con los términos del oficio No. DIE-07-13-3892.
Una vez analizado el expediente de la contratación según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento
sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se devuelve el contrato
debidamente refrendado pero condicionado en los siguientes aspectos:
1. Queda a entera responsabilidad de la Administración contar oportunamente con la totalidad del
disponible presupuestario necesario para hacer frente a las obligaciones que deriven de la presente
contratación. Además, previo a dar la orden de inicio queda a entera responsabilidad del CONAVI
verificar que tales recursos puedan legalmente ser utilizados para la necesidad propuesta, así como
que las vías donde se realizarán los trabajos se contemplen dentro del ámbito de competencia de
esa Administración.
2. Debe tener presente la Administración que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del
Reglamento sobre el Refren ...
Fecha publicación: 07/11/2013
Fecha emisión: 04/11/2013
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11798
31 de octubre, 2013
DCA-2701
Señora
Iris Arias Angulo
Presidenta Ejecutiva
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve sin refrendo contralor, por no requerirlo, el contrato de obra para la
“Construcción de la Oficina Local de Puntarenas”, suscrito por el Patronato
Nacional de la Infancia y el señor Harold Céspedes Cortés, por un monto total de
doscientos veintitrés millones seiscientos veintisiete mil cuatrocientos colones
(¢223.627.400). Dicho contrato deriva de la Licitación Pública 2013LN-000002-01.
Damos respuesta a su oficio PE-1613-2013 de fecha 21 de octubre del año en curso, mediante el
cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo el contrato de obra para la
“Construcción de la Oficina Local de Puntarenas”, suscrito por el Patronato Nacional de la Infancia
y el señor Harold Céspedes Cortés, por un monto total de doscientos veintitrés millones seiscientos
veintisiete mil cuatrocientos colones (¢223.627.400).
I. Antecedentes:
De conformidad con la información aportada al expediente, se tienen acreditados los siguientes
hechos de interés:
1. Que el Patronato Nacional de la Infancia promovió la Licitación Pública 2013LN-
000002-01 para la “Construcción de alternativas de protección especial en los
cantones de Turrialba (provincia de Cartago), Naranjo y Upala (provincia de
Alajuela), así como de la Oficina Local de Puntarenas (provincia de Puntarenas)”
(ver publicación en La Gaceta No. 51 del 13 de marzo del 2013).
2. Que dicha licitación fue adjudicada por la Junta Directiva del Patronato Nacional de
la Infancia mediante acuerdo tomado en la sesión ordinaria No.2013-034
celebrada el 3 de setiembre del 2013. En lo que respecta a la Línea 4, referente a la
construcción de la Oficina Local de Puntarenas, ésta fue adjudica ...
Fecha publicación: 05/11/2013
Fecha emisión: 31/10/2013
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11735
30 de octubre de 2013
DCA-2687
Señor
Ignacio Carrillo Pérez
Director Ejecutivo
Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de Puntarenas
(JUDESUR)
Estimado señor:
Asunto: Se aprueba contrato y adenda suscritos entre la Junta de Desarrollo Regional de la Zona
Sur de la Provincia de Puntarenas (JUDESUR) y el Consorcio conformado por Seguridad Alfa
Sociedad Anónima y Seguridad Tango Sociedad Anónima, para la contratación de servicios de
vigilancia, protección y seguridad continua en la instalaciones de JUDESUR, producto de la
Licitación Pública No. 2012LN-000001-JUDESUR, por un monto anual ¢187.140.461,40.
Nos referimos a oficios DEJ-0-197-2013 y PROVEED-O-046-2013 ambos del presente año, en
los cuales se remite para refrendo el contrato y la adenda suscrita el 26 de setiembre de 2013,
indicados en el asunto.
Una vez efectuado el estudio de rigor, y de conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre
el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, devolvemos debidamente refrendado
el contrato de cita, condicionado a lo siguiente:
a. Queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración, contar con el disponible
presupuestario suficiente y disponible para hacer frente a las obligaciones que se deriven de
este negocio jurídico, de igual forma deberá verificar que los recursos económicos puedan
utilizarse válidamente para el fin propuesto en el contrato.
b. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública, queda bajo la exclusiva responsabilidad de
esa entidad la razonabilidad de del monto de la contratación. De igual form ...
Fecha publicación: 04/11/2013
Fecha emisión: 30/10/2013
Institución: JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS